La fiscalía malagueña entiende que no concurre los requisitos necesarios para incurrir en un delito contra el patrimonio histórico-artístico el hecho de demoler los pabellones militares anexos al convento de la Trinidad en Málaga.
Debido a ello, el fiscal ha pedido el sobreseimiento provisional de la causa, "sin perjuicio de que su demolición no significa un resaltamiento visual del monumento", según el escrito al que ha tenido acceso Efe.
La causa se inició después de que la Plataforma en Defensa del edificio denunciara que se pretendía tirar los mencionados pabellones y que dichas edificaciones militares habían sido realizadas en el siglo XIX, con posterioridad a la obra de la iglesia y convento con claustro.
La fiscalía ha pedido el sobreseimiento provisional al entender que no hay delito, dado que esa edificación militar no está incluida en la declaración de Monumento Histórico del complejo de 1980.
Para determinar si había o no delito contra el patrimonio el fiscal ha investigado si en la declaración de Monumento Histórico, realizada en 1980, se incluían estas construcciones militares.
Para ello, la fiscalía malagueña ha recabado la documentación del antiguo Ministerio de Cultura, donde se aprecia que no se mencionan las construcciones militares y los planos identifican como edificio a conservar, exclusivamente, el convento con claustro, además de la iglesia, y excluye las edificaciones militares
Debido a ello, el fiscal ha pedido el sobreseimiento provisional de la causa, "sin perjuicio de que su demolición no significa un resaltamiento visual del monumento", según el escrito al que ha tenido acceso Efe.
La causa se inició después de que la Plataforma en Defensa del edificio denunciara que se pretendía tirar los mencionados pabellones y que dichas edificaciones militares habían sido realizadas en el siglo XIX, con posterioridad a la obra de la iglesia y convento con claustro.
La fiscalía ha pedido el sobreseimiento provisional al entender que no hay delito, dado que esa edificación militar no está incluida en la declaración de Monumento Histórico del complejo de 1980.
Para determinar si había o no delito contra el patrimonio el fiscal ha investigado si en la declaración de Monumento Histórico, realizada en 1980, se incluían estas construcciones militares.
Para ello, la fiscalía malagueña ha recabado la documentación del antiguo Ministerio de Cultura, donde se aprecia que no se mencionan las construcciones militares y los planos identifican como edificio a conservar, exclusivamente, el convento con claustro, además de la iglesia, y excluye las edificaciones militares
La Opinión de Málaga, 28/05/2012
Hola Torre vigía:
ResponderEliminarEl otro día una amiga bloguera aragonesa me dejó un mensaje en el correo: Te he nominado para los LIEBSTER BLOG: Ella había elegido el blog “Archivo Arturo y Adolfo Reyes. Escritores de Málaga” (archivoreyes.blogspot.com) como uno de sus cinco favoritos (con menos de 200 seguidores) y me pedía que yo eligiera también mis cinco blogs favoritos y les pidiera siguieran la cadena.
Sigo vuestro blog y lo he sido elegido entre mis cinco favoritos y me gustaría que siguierais las instrucciones- reglas para no romper la cadena que se ha iniciado con la otorgación de este galardón y son las siguientes:
1.- Copiar y pegar el premio en el blog y enlazarlo al blogger que te lo otorgó.
2.- Señalar tus cinco blogs preferidos con menos de 200 seguidores y escribir comentarios en sus blogs para que conozcan que han recibido el premio.
3.- Y, por último, esperar a que esas bitácoras continúen con la cadena y elijan a sus 5 blogs preferidos.
Espero que os haga ilusión vuestro premio on-line, el trabajo se ve recompensado y espero que no rompais la cadena.
Saludos y buena semana